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Pasaporte
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Generales

Como una definición El Pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior puede solicitarlo todo colombiano (mayores y menores de edad) que viaje fuera del territorio nacional.” 

Clases de pasaporte

Este pasaporte consta de treinta y dos (32) páginas y su vigencia será de diez (10) años. “Resolución N° 6888 de Noviembre 26 de 2021”.

Es un pasaporte ordinario que consta de cuarenta y ocho (48) páginas y su vigencia será de diez (10) años. “Art. 2 de la Resolución N° 3959 de Diciembre 29 de 2020”.

Pasaporte exento:

Al pasaporte exento pueden acceder todas las personas que se encuentren en el territorio colombiano y pertenezcan a los niveles 1 y 2 del SISBEN, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Que requieran tratamiento médico especializado que no pueda ser adelantado en el país.
  2. Personas con discapacidad y un familiar acompañante.
  3. Personas adultas mayores de 62 años.
  4. Personas menores de 25 años que vayan a adelantar estudios en el exterior
  5. Niños en situación de adoptabilidad, que aún no lo han sido del ICBF.
  6. Personas que deben viajar al exterior por razones de salud de familiares.
  7. Que tengan un contrato de trabajo acreditado en el exterior
  8. Que sean parte de delegaciones deportivas, culturales, artísticas, desarrollo científico o tecnológico.

Si aplica de conformidad a lo establecido en el artículo 83 de la ley 2136 de 2021, absténgase de hacer el pago y envíe los documentos de acuerdo a su condición al correo:  pasaporte@bolivar.gov.co para verificación y asignación de la cita.

Quienes somos

La oficina de Pasaporte de la Gobernación de Bolívar, hace parte de grupo de trabajo de la Dirección de Atención al Ciudadano, adscrita a  la Secretaria General de dicha entidad; en esta oficina se atienden las solicitudes para la expedición de pasaportes a los ciudadanos colombianos, de acuerdo a la autorización otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

En qué trabajamos

El grupo de trabajo de la oficina de Pasaporte de la Gobernación de Bolívar, el cual está adscrito a la dirección de atención al ciudadano, se encarga de atender las solicitudes de los ciudadanos colombianos referentes a la expedición del trámite de pasaportes (Ordinario Electrónico, Ejecutivo Electrónico y de Emergencia con zona de lectura mecánica),  acorde a los criterios establecidos para tal fin en la Resolución N° 6888 del 26 de Noviembre de 2021, del Ministerio de Relaciones Exterior de la Republica de Colombia.

Requisitos

Para agilizar los tiempos en la oficina le recomendamos diligenciar el formulario que se encuentra en el siguiente enlace

Confirma que cuentas con todos los documentos necesarios, en buen estado y perfectamente legibles, para que tu atención durante la cita sea exitosa, revisa los requisitos y Solicita tu Cita en el siguiente enlace:

  • Cédula extemporánea
  • Doble Nacionalidad
  • Colombianos por adopción

Pasaporte Mayores y Menores de edad

Presentar el documento de identidad ante el funcionario de la oficina de pasaporte de la Gobernación de Bolívar, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Cédula de Ciudadanía original en formato válido, amarillo con holograma en buen estado o cédula digital en físico.
  • Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:

    Contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y debe presentarse con la copia simple del folio del registro civil de nacimiento expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, según el caso.

    Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto y huella.

  • No se aceptará contraseña, ni se expedirá pasaporte por solicitud de RECTIFICACION de cédula de ciudadanía, tampoco se aceptará contraseña alguna con enmendaduras o en mal estado.
    *Presentar pasaporte anterior, si lo tiene (para anular hojas en blanco y devolverlo de inmediato).
    En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante deberá informarlo a la oficina bajo la gravedad de juramento.

    La oficina expedidora, de considerarlo pertinente, podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.

  • Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento expedido por Notario, Cónsul o Registrador, según sea el caso (no se acepta Certificado del Registro Civil, ni la copia para el usuario), y el menor debe estar acompañado de uno de los padres debidamente identificado en el registro civil; o su representante legal.
  • SI EL MENOR CUMPLIO LOS SIETE (7) AÑOS DE EDAD, DEBE PRESENTAR EL ORIGINAL DE SU TARJETA DE IDENTIDAD Y LA COPIA AUTENTICA DEL FOLIO DEL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO.
  • Presentar pasaporte anterior si lo tiene (para anular hojas en blanco y devolverlo de inmediato).
  • Si los padres del menor se encuentran ausentes, deben dar autorización a un tercero para efectuar el trámite con el menor, para lo cual debe tener en cuenta:
    – Presentar poder especial otorgado por los DOS padres a un tercero, ante notario público si se encuentran dentro del país.
    – Si se encuentran en el exterior ante el Consulado Colombiano; si no existe Consulado Colombiano, ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado.
    – El poder siempre debe presentarse en español o traducido, mediante traductor oficial, según sea el caso.
    – Siempre que el trámite se haga a través de un tercero, este se debe identificar con su documento original en buen estado y allegar copia a color de los documentos de identidad de los padres del menor, o el registro civil de defunción en caso de que uno de los padres haya fallecido.
    – El poder debe ser claro y en el mismo se deben identificar con nombres completos y su documento de identidad a los padres, al menor y al tercero que lo represente.
La Formalización del pasaporte (incluye toma de foto, huella, firma y escaneo de documentos).

Valor del Pasaporte

Pagar el valor correspondiente a la liquidación de impuestos más el valor de la libreta así:

  • PASAPORTE ORDINARIO:
    • VALOR LIBRETA: $ 111.000
    • VALOR IMPUESTO: $156.709
    • VALOR TOTAL: $267.709
  • PASAPORTE EJECUTIVO:
    • VALOR LIBRETA: $244.000
    • VALOR IMPUESTO: $156.709 
    • VALOR TOTAL: $400.709
  • PASAPORTE EXENTO:
    • VALOR LIBRETA: $-0-
    • VALOR IMPUESTO: $85.709
    • VALOR TOTAL: $85.709
  • PASAPORTE EMERGENCIA:
    • VALOR LIBRETA: $192.000
    • VALOR IMPUESTO: $85.709
    • VALOR TOTAL: $277.709
  • (Impuesto Incluido).
  • Si presenta certificado electoral de la última votación tiene un descuento por una sola vez del 10% sobre el valor de la libreta.

Puntos de pago

Banco GNB Sudameris

Nota: No se reciben Tarjetas.

Para Tener en Cuenta

  • El trámite y entrega del pasaporte es de manera personalizada. Sin intermediarios.
  • El pasaporte solo se puede reclamar en el centro administrativo de la Gobernación de Bolívar ubicado en Turbaco. 
  • Los documentos presentados deben estar en buen estado (sin deterioro).
  • Solo el padre o representante legal que acompaña al menor en el trámite puede reclamarlo.
  • El titular tiene un plazo de un (1) mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar su reposición en caso de error en la hoja de datos biográficos. Vencido el plazo, deberá tramitar y pagar uno nuevo.
  • Si transcurrido 6 meses contados a partir de la fecha de expedición del pasaporte, el titular no lo reclama este será anulado y devuelto al Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Cada vez que un Colombiano cambia de tipo de documentos; es decir, de registro civil a tarjeta de identidad y de tarjeta de identidad a cédula, deberá cambiar su pasaporte dado que su documento de identificación ha cambiado (Obligatoriedad suspendida por la Resolución 9270 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores).

Casos Especiales

Menores nacidos en Colombia de padres extranjeros; Nacidos en el exterior, hijo de padres colombianos; Adquisición de la nacionalidad colombiana por adopción; Menores representados por terceras personas a través de poder de los padres; Casos de menores adoptados; Los que han sido registrados extemporáneamente; Nacidos en Colombia con apellidos de ascendencia extranjera; Cedulados extemporáneamente es decir después de los 18 o 21 años de edad; entre otros casos, requieren que la documentación sea previamente revisada antes de realizar el trámite de expedición del pasaporte.

Si usted se encuentra en alguna de las anteriores situaciones, envíe previamente la documentación correspondiente al correo pasaporte@bolivar.gov.co a fin de hacer la respectiva revisión de los mismos y a vuelta de correo se le estará comunicando cuál es el procedimiento según su caso particular (Artículo 14, ley 1755 del 2015).

Horarios de atención


  • Trámite de solicitud de pasaportes de lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 03:00 p.m.
  • Entrega de pasaportes de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 03:00 p.m. jornada Continua, en las oficinas donde se encuentra la zona bancaria de la sede principal de la Gobernación de Bolívar.